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Reconocimiento del derecho a préstamo garantizado por el instrumento financiero de gestión centralizada FEADER

Con fecha 27 de abril de 2020 se publica en el BOCYL nº 83 la ORDEN AGR/351/2020, de 22 de abril, por la que se modifica la Orden AYG/636/2018, de 15 de junio, por la que se regula el procedimiento para el reconocimiento del derecho a préstamos garantizados por el instrumento financiero de gestión centralizada FEADER 2014-2020, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020, cofinanciado por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

La orden tiene por objeto regular el procedimiento para el reconocimiento del derecho a la suscripción de préstamos garantizados por el instrumento financiero de gestión centralizada FEADER 2014-2020, en adelante instrumento financiero, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020.

Los préstamos estarán destinados a apoyar proyectos en el marco de las siguientes medidas del PDR CyL 2014-2020:

  • Medida  4.1 Inversiones en explotaciones agrícolas.
  • Medida  4.2 Apoyo a la inversión en materia de industrias agrarias y agroalimentarias.
  • Medida 8.6 Apoyo a las inversiones en el sector de la transformación y comercialización de productos forestales.

Finalidad de los préstamos garantizados por el instrumento financiero.

  1. Los préstamos a que se refiere esta orden estarán destinados a apoyar proyectos en el marco de las siguientes medidas del PDR CyL 2014-2020:
  • Inversiones en explotaciones agrícolas (Medida 4.1).
  • Inversiones en transformación/comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas (Medida 4.2).
  • Creación de empresas por jóvenes agricultores (Medida 6.1).
  • Inversiones en tecnologías forestales y en transformaciones, movilización y comercialización de productos forestales (Medida 8.6).
  • Capital circulante para explotaciones agrícolas, cooperativas agrarias y otras entidades asociativas agrarias, industrias agroalimentarias y forestales, en el marco de las medidas excepcionales en respuesta al brote de COVID-19, que se solicite hasta el 31 de diciembre de 2020.
  1. Asimismo, en el marco de las medidas 4.2 y 8.6, se podrá solicitar el reconocimiento de derecho a préstamo para proyectos de la metodología LEADER, que fueran elegibles en las medidas anteriores, en los mismos términos establecidos para dichas medidas en el Anexo II.
  1. Los préstamos objeto de este procedimiento serán garantizados con la cofinanciación del FEADER.

Las condiciones financieras de los préstamos son:

  • El importe mínimo del préstamo para inversiones en explotaciones es de 10.000 euros y en inversiones para industrias es de 50.000 euros.
  • El importe máximo del préstamo, para inversiones en explotaciones agrarias es de 400.000 euros en persona física y de 1.000.000 euros en persona jurídica.  En industria agroalimentaria y forestal es de 5.000.000 euros.
  • El importe de capital circulante que se puede solicitar es el mayor importe de 200.000 euros o el 30% de la inversión.
  • El importe máximo del préstamo para apoyar el plan de empresa en la creación de empresas por jóvenes agricultores es de 400.000 euros.
  • El importe máximo del préstamo como respuesta al brote de COVID-19, en forma de capital circulante sin estar asociado a una inversión es de 200.000 euros.

Alcance de la garantía: 

  • A nivel de préstamo individual: 80% instrumento financiero.

Intereses y comisiones:

  • Intereses y comisiones de la entidad financiera:

Interés: fijo euríbor anual +2%.

Comisión apertura: máximo 1%.

Comisión cancelación anticipada: sin comisión.

Intereses y comisiones de la garantía de SAECA:

  • Comisión de estudio: 0%.
  • Comisión de gestión: 0%.

Para solicitar un préstamo garantizado deberás acudir a una de las entidades financieras colaboradoras con la Consejería en la gestión, y en el plazo máximo de un mes, si se cumplen las condiciones establecidas, se podrá formalizar el préstamo solicitado.

Pinche AQUÍ para ampliar la información sobre los Instrumentos Financieros.

Pinche AQUÍ para descargar la orden de la Convocatoria.

 

Foes - Federación de Organizaciones Empresariales Sorianas

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