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Publicada la Orden por la que se declaran servicios esenciales a determinados alojamientos turísticos

Ha sido publicada en el BOE con fecha 25 de marzo la Orden TMA/277/2020, de 23 de marzo, por la que se declaran servicios esenciales a determinados alojamientos turísticos y se adoptan disposiciones complementarias.

A través de esta Orden, Gobierno ha dado luz verde a la habilitación de 370 establecimientos hoteleros esenciales que prestarán servicio para acoger a trabajadores de servicios básicos, como sanitarios, fuerzas y cuerpos de seguridad y transportistas de viajeros, así como a aquellos turistas que no hayan podido regresar a sus países de origen, estableciendo así excepciones a la orden ministerial que decretaba el cierre de hoteles durante el estado de alarma.

La Orden ministerial TMA/277/2020 declara como servicio esencial a determinados alojamientos turísticos para la prestación del servicio de alojamiento a trabajadores que realicen labores fundamentales. Según recoge en el BOE, estos establecimientos deberán permanecer cerrados al público en general pero podrán a acoger a trabajadores de servicios básicos que "deban realizar labores de mantenimiento, asistencia sanitaria, reparación y ejecución de obras de interés general, abastecimiento de productos agrarios y pesqueros, y tripulaciones de los buques pesqueros, así como servicios complementarios a las mismas, en el ámbito sanitario, portuario, aeroportuario, viario y ferroviario, alimentario, salvamento y seguridad marítimo, la instalación, mantenimiento y reparación de redes de telecomunicaciones y centros de procesos de datos, suministro de energía y agua, suministro y servicios de transporte de mercancías".

Además, estos alojamientos podrán acoger a "personas que deban desplazarse para atender a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad, personas especialmente vulnerables o con necesidades de atención sanitaria", según la orden.

Según detalla, los alojamientos podrán prestar servicio de restauración y cualquier otro servicio que resulte necesario para la correcta prestación del servicio de alojamiento, "exclusivamente a las personas que se encuentren alojadas en los mismos".

Esta Orden estará vigente hasta la finalización del periodo del estado de alarma "o hasta que existan circunstancias que justifiquen una nueva orden modificando los términos de la presente".

Foes - Federación de Organizaciones Empresariales Sorianas

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