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INFORMACIÓN PARA AUTÓNOMOS: Interpretación del RDL 10/2020 que regula el permiso retribuido en cuanto a la actividad de los trabajadores autónomos

Ayer, 30 de marzo, a media noche se publicó en el BOE  la Orden SND/307/2020, 30 de marzo, por la que se establecen los criterios interpretativos para la aplicación del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, y el modelo de declaración responsable para facilitar los trayectos necesarios entre el lugar de residencia y de trabajo.

Esta Orden establece en su artículo segundo:

Segundo. Trabajadores por cuenta propia

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, solo afecta a los autónomos que prestan sus servicios en actividades suspendidas por la declaración del estado de alarma. Mientras que el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo que regula el permiso retribuido, no resulta de aplicación a las personas trabajadoras por cuenta propia.

De forma que aquellos autónomos cuya actividad no haya sido suspendida por el RD 463/2020 que declara el estado de Alarma, pueden seguir ejerciendo su actividad.

Foes - Federación de Organizaciones Empresariales Sorianas

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