La Federación ha elaborado un cartel informativo sobre medidas de aplicación de ahorro energético, temperatura y humedad, apertura de puertas y regímenes de revisión y mantenimiento, al que obliga el Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural.
Dichos carteles deberán ser visibles desde la entrada o acceso a los edificios, así como en cada una de las ubicaciones en las que existan los dispositivos de visualización de húmedad y temperatura a los que hace referencia la IT. 3.8.3 del RITE.
A.Administrativo.
B.Comercial: tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares.
C.Pública concurrencia:
•Culturales: teatros, cines, auditorios, centros de congresos, salas de exposiciones y similares.
•Establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas.
•Restauración: bares, restaurantes y cafeterías.
•Transporte de personas: estaciones y aeropuertos
La obligación de información sobre las medidas adoptadas respecto de las temperaturas entra en vigor el 2 de septiembre de 2022 y tendrá vigencia hasta el 1 de noviembre de 2023.
Fuente: FOES
Fecha: 02 septiembre 2022