MODIFICACIÓN DE NORMATIVA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Hace algunos años se publicó el Reglamento CE 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (16-12-2008), o Reglamento CLP, según el cual se estableció un nuevo sistema para la clasificación y etiquetado de sustancias y mezclas basado en el Sistema Global Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA).
Como consecuencia de este nuevo Reglamento se hizo necesario adaptar las Directivas correspondientes, en este caso mediante la publicación de la Directiva 2014/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (26-2-2014). Por último, las Directivas afectadas, ya transpuestas al derecho español, han de ser modificadas en el sentido indicado por la Directiva 2014/27/UE y adaptarse a nuestra normativa.
Por tanto, en el reciente B.O.E. de 4 de julio, se ha publicado el Real Decreto 598/2015, de 3 de julio, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención; el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo; el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo y el Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
Se introducen varias modificaciones en cuatro Reales Decretos:
- Real Decreto 39/1997, Reglamento de los Servicios de Prevención:
Se introducen términos de la nueva clasificación en los Anexos I (actividades peligrosas o con riesgos especiales), VII (Lista no exhaustiva de agentes, procedimientos y condiciones de trabajo que pueden influir negativamente en la salud de las trabajadoras embarazadas o en período de lactancia natural, del feto o del niño durante el período de lactancia natural) y VIII (Lista no exhaustiva de agentes y condiciones de trabajo a los cuales no podrá haber riesgo de exposición por parte de trabajadoras embarazadas o en período de lactancia natural).
- Real Decreto 485/1997, Señalización de Seguridad y Salud en el Trabajo:
Se modifica parte del objeto de este Real Decreto, se suprime la señal de advertencia “Materia nocivas o irritantes” y se sustituye el texto que aparecía a continuación de estas señales. También se cambia la parte de “tuberías, recipientes y áreas de almacenamiento de sustancias y mezclas peligrosas” en cuanto a terminología, señalización y etiquetado.
- Real Decreto 665/1997, Riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo:
Se redefine “agente cancerígeno o mutágeno” y se adaptan varios artículos y el título del Anexo I.
- Real Decreto 374/2001, Riesgos relacionados con agentes químicos durante el trabajo:
Se redacta una definición nueva de “agente químico” y se especifica la información a obtener sobre estos agentes, en forma de fichas de datos de seguridad y otros.
El R.D. 598/2015 se encuentra vigente desde el 5 de julio de 2015.
Puede descargar el documento completo pinchando aquí. Para realizar cualquier consulta al respecto puede ponerse en contacto con el Departamento de Prevención de Riesgos Laborales de FOES.