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Modificación de normativa en Prevención de Riesgos Laborales

 

MODIFICACIÓN DE NORMATIVA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
 
Hace algunos años se publicó el Reglamento CE 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (16-12-2008), o Reglamento CLP, según el cual se estableció un nuevo sistema para la clasificación y etiquetado de sustancias y mezclas basado en el Sistema Global Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA).
 
Como consecuencia de este nuevo Reglamento se hizo necesario adaptar las Directivas correspondientes, en este caso mediante la publicación de la Directiva 2014/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (26-2-2014). Por último, las Directivas afectadas, ya transpuestas al derecho español, han de ser modificadas en el sentido indicado por la Directiva 2014/27/UE y adaptarse a nuestra normativa.
 
Por tanto, en el reciente B.O.E. de 4 de julio, se ha publicado el Real Decreto 598/2015, de 3 de julio, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención; el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo; el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo y el Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
 
Se introducen varias modificaciones en cuatro Reales Decretos:
 
  • Real Decreto 39/1997, Reglamento de los Servicios de Prevención:
Se introducen términos de la nueva clasificación en los Anexos I (actividades peligrosas o con riesgos especiales), VII (Lista no exhaustiva de agentes, procedimientos y condiciones de trabajo que pueden influir negativamente en la salud de las trabajadoras embarazadas o en período de lactancia natural, del feto o del niño durante el período de lactancia natural) y VIII (Lista no exhaustiva de agentes y condiciones de trabajo a los cuales no podrá haber riesgo de exposición por parte de trabajadoras embarazadas o en período de lactancia natural).
 
  • Real Decreto 485/1997, Señalización de Seguridad y Salud en el Trabajo:
Se modifica parte del objeto de este Real Decreto, se suprime la señal de advertencia “Materia nocivas o irritantes” y se sustituye el texto que aparecía a continuación de estas señales. También se cambia la parte de “tuberías, recipientes y áreas de almacenamiento de sustancias y mezclas peligrosas” en cuanto a terminología, señalización y etiquetado.
 
  • Real Decreto 665/1997, Riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo:
Se redefine “agente cancerígeno o mutágeno” y se adaptan varios artículos y el título del Anexo I.
  • Real Decreto 374/2001, Riesgos relacionados con agentes químicos durante el trabajo:
Se redacta una definición nueva de “agente químico” y se especifica la información a obtener sobre estos agentes, en forma de fichas de datos de seguridad y otros.
 
El R.D. 598/2015 se encuentra vigente desde el 5 de julio de 2015.
 
Puede descargar el documento completo pinchando aquí. Para realizar cualquier consulta al respecto puede ponerse en contacto con el Departamento de Prevención de Riesgos Laborales de FOES.
 

 

 

Foes - Federación de Organizaciones Empresariales Sorianas

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