Comunicación

Ayudas de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo

Subvenciones dirigidas a la sustitución de calderas y calentadores individuales de más de diez años, para el ejercicio 2024

Con fecha 1 de julio se publica en el BOCYL nº 126 el   EXTRACTO de la Orden de 19 de junio de 2024, de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, por la que se convocan subvenciones dirigidas a la sustitución de calderas y calentadores individuales de más de diez años, para el ejercicio 2024.

 

OBJETO:

Convocar, para el año 2024, subvenciones dirigidas a fomentar la seguridad de las personas, la eficiencia energética y la protección del medio ambiente, mediante subvenciones a personas físicas para la sustitución de calderas y calentadores de agua individuales de más de diez años de antigüedad, que cumplan los requisitos indicados en la convocatoria, en viviendas de su propiedad situadas en la Comunidad de Castilla y León.

 

BENEFICIARIOS:

  • Las solicitudes se presentarán exclusivamente por los instaladores habilitados que hayan ejecutado la sustitución, en representación del titular de la instalación en la que se haya sustituido la caldera o el calentador.

  • Serán destinatarios de las subvenciones, las personas físicas que sustituyan los elementos subvencionables en viviendas de su propiedad situadas en la Comunidad de Castilla y León, en los términos y condiciones previstos.

 

REQUISITOS:

a) Haber realizado la sustitución de un equipo subvencionable en una vivienda situada en Castilla y León. En ningún caso serán objeto de ayuda los locales destinados a un uso distinto a vivienda.

b) Ser propietario de la vivienda en la que se encuentra el equipo a sustituir.

c) Estar empadronado en Castilla y León.

d) Encontrarse al corriente de pago en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, en materia de reintegro de subvenciones y frente a la Seguridad Social.

Además, es necesario cumplir las siguientes condiciones en cuanto a los equipos a subvencionar:

a) La sustitución de calderas individuales de más de diez años de calefacción o mixtas, de baja eficiencia energética, atmosféricas o estancas, que utilicen como combustible carbón, electricidad, gasóleo, gas natural o gas licuado del petróleo (GLP), por calderas de condensación de alta eficiencia energética, sólo calefacción o mixta, que utilicen gas natural, gas licuado del petróleo (GLP), gasóleo o biomasa.

b) La sustitución de calentadores de agua atmosféricos de gas de más de diez años por calentadores de gas estancos.

CONDICIONES DE LAS ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:

• Ser instalaciones individuales domésticas de entre 5 y 70 kW.

• Ser equipos nuevos.

• Deberá ser realizada por un instalador habilitado de instalaciones térmicas en los edificios.

• Los equipos sustituidos serán inutilizados, retirados y entregados a un gestor autorizado para la gestión de este tipo de residuos por la empresa instaladora que ha realizado la instalación.

• La compra, instalación, certificación, inscripción en el Registro de instalaciones térmicas en los edificios y pago completo, deberán realizarse dentro del período subvencionable y antes de la presentación de la solicitud.

Serán subvencionables las actividades que se realicen entre el 16 de noviembre de 2023 y el 15 de noviembre de 2024.

 

REGIMEN DE CONCESIÓN:

La selección de los beneficiarios se realizará por el orden de presentación de las solicitudes, desde que el expediente esté completo, hasta agotar el crédito disponible. Se entenderá que un expediente está completo cuando contenga toda la documentación e informaciones previstas.

 

CUANTÍA DE LA AYUDA:

500 € por sustitución de caldera de carbón.

400 € por sustitución de caldera de gas atmosférica.

300 € por sustitución del resto de tipos de calderas subvencionables.

150 € sustitución de calentador de gas atmosférico.

 

¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?

El plazo de solicitud comprende desde el 11 de julio de 2024 hasta el 15 de noviembre de 2024. Sera OBLIGATORIO presentarlo por el aplicativo disponible TRIN.

 

Toda la información sobre esta línea de ayudas, incluida la convocatoria y la orden de bases, así como el enlace para su tramitación electrónica está disponible pinchando en el siguiente enlace.

Foes - Federación de Organizaciones Empresariales Sorianas

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