Comunicación

Ayudas de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo

PROGRAMA III: Fomento de la transformación de determinados Contratos Temporales en Indefinidos (2024)

Con fecha 21 de junio se publica en el BOCYL el EXTRACTO de la Resolución de 17 de junio de 2024, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), dirigidas al fomento del empleo estable por cuenta ajena en el territorio de Castilla y León, para el año 2024

 

OBJETO:

Fomentar la transformación en indefinidos a tiempo completo de determinados contratos temporales:

  • Contratos de formación en alternancia.
  • Contratos formativos para la obtención de la práctica profesional.
  • Contratos temporales con cláusula específica de relevo.

 

BENEFICIARIOS:

Trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas), personas jurídicas, y entidades sin personalidad jurídica

 

REQUISITOS:

  • Las empresas, entidades o trabajadores por cuenta propia solicitantes deberán tener menos de 250 trabajadores de alta en la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita la subvención.
  • Asimismo, el índice de temporalidad de las empresas, entidades o trabajadores por cuenta propia solicitantes ha de ser inferior al 20% en la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita la subvención. El índice de temporalidad expresará, en términos porcentuales, el resultado de dividir el número de trabajadores con relación laboral temporal entre el número total de trabajadores que prestan sus servicios por cuenta de la empresa, entidad o trabajador por cuenta propia solicitante, incluidos los trabajadores por los que se solicita la subvención.
  • El cumplimiento del índice de temporalidad no se exigirá a las empresas, entidades o trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas), cuya plantilla sea inferior a 10 trabajadores en la fecha en que se inicia la contratación, transformación contractual o ampliación de jornada por la que se solicita la subvención.
  • Se deberán cumplir además el resto requisitos de la convocatoria para que las contrataciones puedan ser subvencionables.

 

FINALIDAD DE LA AYUDA:

Serán subvencionables las contrataciones que cumplan los requisitos y cuya fecha de inicio haya tenido lugar entre los días 3 de octubre de 2023 y 2 de agosto de 2024, ambos inclusive. La contratación deberá formalizarse con personas que en la fecha de inicio de la misma se hallen desempleadas e inscritas como tales en el Servicio Público de Empleo, y pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:

■ Jóvenes menores de 30 años

■ Personas desempleadas de larga duración

■ Personas mayores de 45 años de edad con responsabilidades familiares

■ Mujeres

■ Personas con discapacidad igual o superior al 33 %

■ Personas en riesgo de exclusión social, así como las víctimas de terrorismo

■ Personas inmigrantes

■ Personas refugiadas o que tengan reconocido el derecho de asilo

■ Emigrantes castellanas y leonesas retornadas del extranjero, siempre y cuando el retorno se haya producido en el mes inmediatamente anterior a la fecha de la contratación

 

CUANTIA:

La cuantía de la subvención por la formalización de cada transformación contractual subvencionable será de 2.500 euros.

 

PLAZO DE SOLICITUD:

Desde el 22 de junio de 2024 hasta el 12 de agosto de 2024

Toda la información de esta línea de ayudas, incluidas las bases reguladoras, la orden de convocatoria y el acceso a la solicitud pinchando en este enlace.

Foes - Federación de Organizaciones Empresariales Sorianas

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