Con fecha del sábado 28 de marzo, se ha publicado en el BOE el Real Decreto Ley 9/2020 en el que se establecen nuevas medidas de carácter laboral que se consideran de interés.
Se cambia el criterio respecto a las comunicaciones de los trabajadores al SEPE.
SE ACUERDA UN PLAZO DE 5 DÍAS PARA PRESENTAR POR PARTE DE LA EMPRESA ANTE EL SEPE LA RELACIÓN DE TRABAJADORES AFECTADOS POR ERTE. SU INCUPLIMIENTO ES FALTA GRAVE.
TAL COMUNICACIÓN DEBE REALIZARLA TODA EMPRESA QUE HAYA PRESENTADO UN ERTE ANTE LA AUTORIDAD LABORAL ANTES DEL 28 DE MARZO, AUNQUE NO HAYA RECIBIDO COMUNICACIÓN NI DE LA AUTORIDAD LABORAL NI DEL PROPIO SEPE.
Este Real Decreto Ley también contiene medidas importantes, como limitaciones a los despidos en este periodo relacionado con COVID-19, o aspectos relacionados con los contratos temporales.
Te adjuntamos circular con un resumen de las principales novedades.