Plazo extraordinario para la presentación de altas de estudiantes universitarios
Fecha: 11 de septiembre de 2013
El viernes 30 de agosto de 2013, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social de 19 de agosto de 2013, por la que se autorizan plazos extraordinarios para la presentación de las altas y, en su caso, las bajas y para la cotización a la Seguridad Social de los estudiantes universitarios que realicen prácticas académicas externas (Becarios).
La Resolución trae causa en la sentencia del Tribunal Supremo de 21 de mayo de 2013, que declará nulo el Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre, por el que se regulaban las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, fundamentando su decisión en defectos formales en la tramitación de la mencionada norma.
Al quedar anulado el citado Real Decreto 1707/2011, por la citada Sentencia y, para garantizar el principio de seguridad jurídica que establece el artículo 9 de la Constitución, los efectos en materia de alta, baja y cotización a la Seguridad Social de los estudiantes universitarios que realicen prácticas académicas externas se producirán a partir del día 28 de junio de 2013, fecha de la publicación de la referida Sentencia en el Boletín Oficial del Estado. Para ello y, con el objeto de flexibilizar y facilitar tanto el encuadramiento como la cotización a la Seguridad Social de los estudiantes universitarios que realicen prácticas académicas externas (Becarios), la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social autoriza, de forma excepcional, la presentación y, en su caso, las bajas para los que esas altas resulten obligatorias hasta el día 30 de septiembre de 2013. Por otro lado, también se autoriza el ingreso de las cuotas correspondientes a los meses de junio a agosto de 2013 hasta el día 31 de octubre de 2013.
Por último y como aspecto importante, recordar que a efectos de lo previsto en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, la entidad u organismo que financie el programa de formación tendrá la condición de empresario, asumiendo los derechos y obligaciones en materia de Seguridad Social.