Permiso de Paternidad

Fecha: 1 de enero de 2017

El 1 de enero de 2017 ha entrado en vigor la ampliación de la duración del permiso de paternidad, tal y como se prevé en la Ley 9/2009, de 6 de octubre, en los términos siguientes:

· En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento el trabajador tendrá derecho a la suspensión del contrato durante 4 semanas ininterrumpidas. 

· Se ampliará 2 días más en caso de parto, adopción o acogimiento múltiple por cada hijo a partir del segundo. 

· El trabajador podrá ejercer este derecho desde que finalice el permiso por nacimiento, durante el permiso de maternidad o inmediatamente después de éste. 

· La suspensión del contrato puede disfrutarse en régimen de jornada completa o parcial previo acuerdo con el empresario.