Permiso de Paternidad
Fecha: 1 de enero de 2017
El 1 de enero de 2017 ha entrado en vigor la ampliación de la duración del permiso de paternidad, tal y como se prevé en la Ley 9/2009, de 6 de octubre, en los términos siguientes:
· En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento el trabajador tendrá derecho a la suspensión del contrato durante 4 semanas ininterrumpidas.
· Se ampliará 2 días más en caso de parto, adopción o acogimiento múltiple por cada hijo a partir del segundo.
· El trabajador podrá ejercer este derecho desde que finalice el permiso por nacimiento, durante el permiso de maternidad o inmediatamente después de éste.
· La suspensión del contrato puede disfrutarse en régimen de jornada completa o parcial previo acuerdo con el empresario.