Nuevo modelo de recibo individual de salario

Fecha: 11 de noviembre de 2014

El BOE de 11 de noviembre de 2014, publica Orden ESS/2098/2014, de 6 de noviembre, por la que se modifica el anexo de la Orden de 27 de diciembre de 1994, por la que se aprueba el modelo de recibo individual de salarios.

El objeto de esta Orden es aprobar un nuevo modelo de recibo individual de salarios en el que se incluye como novedad la parte de la cotización que corresponde a la aportación del empresario, adaptándolo así a lo previsto en el artículo 104.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, que determina lo siguiente:

“El empresario descontará a sus trabajadores, en el momento de hacerles efectivas sus retribuciones, la aportación que corresponda a cada uno de ellos. Si no efectuase el descuento en dicho momento no podrá realizarlo con posterioridad, quedando obligado a ingresar la totalidad de las cuotas a su exclusivo cargo.

En los justificantes de pago de dichas retribuciones, el empresario deberá informar a los trabajadores de la cuantía total de la cotización a la seguridad Social indicando, de acuerdo con lo establecido en el artículo 103.2, la parte de cotización que corresponde a la aportación del empresario y la parte correspondiente al trabajador, en los términos que reglamentariamente de determinen.”

La adaptación al nuevo modelo de recibo individual justificativo del pago de salarios deberá realizarse en el plazo de seis meses a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado (Hasta el 12 de mayo de 2015).