MODIFICACIÓN DE LA LEY 32/2010, PROTECCIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD AUTÓNOMOS, POR LA LEY 35/2010.

Fecha: 27 de septiembre de 2010

Se modifica el artículo 8.2 de la Ley de la Protección  por Cese Actividad Autónomos:

Se establece que: “el trabajador autónomo al que se le hubiere reconocido el derecho a la protección económica por cese de actividad podrá volver a solicitar un nuevo reconocimiento, siempre que concurran los requisitos legales y hubieren transcurrido 18 meses desde el reconocimiento del último derecho a la prestación. "

Ello implica:
- Se amplía el plazo pasando de 12 (regulación anterior) a 18 meses.
- El cómputo de los 18 meses se inicia desde el reconocimiento del derecho a la prestación, ya no desde la extinción del derecho anterior (regulación anterior).
-Se exige sólo el reconocimiento del derecho a la prestación económica (no el reconocimiento y el disfrute como en la regulación anterior).