En el B.O.E. del sábado 23 de mayo, se ha publicado la Orden SND/440/2020, de 23 de mayo, por la que se modifican diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en aplicación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
En esta Orden se levanta la suspensión de las actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes establecida por la Orden SND/340/2020 en todas las unidades territoriales en fase I y posteriores.
En su Artículo Tercero, apartado ocho se introduce una nueva disposición adicional quita con la siguiente redacción:
«Disposición adicional quinta. Condiciones para el desarrollo de actividades relacionadas con obras de intervención en edificios.
1. Se levanta la suspensión de las actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes establecida por la Orden SND/340/2020, de 12
de abril, por la que se suspenden determinadas actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes en las que exista riesgo de contagio
por el COVID-19 para personas no relacionadas con dicha actividad.
2. En la realización de las obras a que se refiere el apartado anterior se garantizarán en todo caso las medidas adecuadas de higiene y la distancia
mínima de seguridad entre personas de dos metros.»
Tras esta modificación se permite de nuevo toda actividad relacionada con obras en edificios existentes como son las reformas en comunidades de vecinos y en todo tipo de viviendas