Envío telemático del Certificado de Empresa

Fecha: 23 de noviembre de 2010

El certificado de empresa es un documento fundamental en el reconocimiento del derecho a la prestación por desempleo que sirve tanto para acreditar la situación legal de desempleo como para determinar su cuantía.

En la actualidad es obligatorio comunicar los certificados de empresa a través de la página web: www.redtrabaja.es, mediante las opciones de menú Empresa/trámites, accediendo a continuación al botón Certific@2; quedando las empresas exentas de entregar al trabajador el certificado de empresa en formato papel.

Este nuevo servicio es de obligada utilización para empresas que cuenten con más de 10 trabajadores en su plantilla, quedando excluidas de la obligación de enviar los certificados de empresa de aquellos trabajadores que por su actividad fija, discontinua o temporal tengan diversos periodos de actividad o inactividad o sucesivos contratos temporales dentro del mes.

Acceso

Para acceder al trámite basta con utilizar las claves de acceso que se  utilizasen en Contrat@, o bien mediante cualquiera de los certificados digitales expedidos por alguna de las autoridades de certificación reconocidas.

Plazo

El plazo para comunicar los certificados es de 10 días a partir del día siguiente a la situación legal de desempleo, poniéndolo en conocimiento del trabajador.

Dos opciones de envío

La empresa puede realizar el envío mediante un fichero XML (generado por el programa de nóminas), o bien podrá cumplimentar los datos del certificado mediante un formulario on-line. Para ello basta con seguir los pasos que se indican en la página web.

Ambas gestiones se podrán realizar las 24 horas del día, todos los días del año.