Distintivo "Igualdad en la Empresa"

Fecha: 3 de noviembre de 2014

La convocatoria para la solicitud del distintivo Igualdad en la Empresa correspondiente al año 2014, ya está abierta tras su publicación en el BOE, el día 30 de octubre de 2014, a través de la Orden SSI/1994/2014, de 14 de octubre, por la que se convoca el procedimiento para la concesión del distintivo “Igualdad en la Empresa” y se establecen sus bases reguladoras.

El plazo de presentación de solicitudes para esta convocatoria finaliza el día 1 de diciembre de 2014.

Entre los aspectos más relevantes a tener en cuenta para la concesión del distintivo “Igualdad en la Empresa” se encuentran la participación equilibrada entre mujeres y hombres en los ámbitos de toma de decisión, y el acceso a los puestos de mayor responsabilidad, el establecimiento de criterios y sistemas de remuneración y clasificación profesional actualizados, que permitan valorar equitativamente los trabajos desempeñados por mujeres y por hombres, tanto si se trata de trabajos diferentes como de los mismos trabajos, y eliminar los efectos de la aplicación de criterios comunes en su denominación.

Se trata de una marca de excelencia en igualdad que servirá de estímulo y reconocimiento a aquellas empresas comprometidas con la igualdad y que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades en las condiciones de trabajo, en los modelos de organización y en otros ámbitos como los servicios, productos y publicidad de la empresa.

El distintivo se convoca anualmente y tiene una vigencia de tres años, si bien las empresas distinguidas deberán remitir un informe anual, que será evaluado por la Dirección General para la Igualdad de Oportunidades, para demostrar que mantienen el nivel de excelencia en materia de igualdad por el que se les concedió el distintivo “Igualdad en la Empresa”.

Como ya se plasmó en el Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre, en el que se reguló la concesión y utilización del distintivo “Igualdad en la Empresa”, éste podrá ser utilizado en el tráfico comercial de la empresa y con fines publicitarios. Igualmente la posesión del distintivo será valorada en relación con la adjudicación de los contratos con las Administración Pública.

En el anexo I de dicha Orden vienen recogidos los modelos de solicitud, que incluyen, la descripción de la entidad, una memoria de su situación en relación con la aplicación e implantación de planes y medidas de igualdad e información de índole cuantitativa sobre la plantilla y la estructura salarial de la empresa.

Se adjunta texto completo de la Orden SSI/1994/2014 y modelo de solicitud.