Comunicación a la Seguridad Social de los trabajadores en huelga

Fecha: 4 de marzo de 2019

El trámite necesario para no cotizar por los trabajadores huelguistas, es comunicar a la Seguridad Social la ausencia por huelga total o parcial de cada trabajador en huelga. Se trata de dos comunicados: el correspondiente al inicio de la situación (8 de marzo) y el de finalización de la situación (9 de marzo). Las empresas que no realicen ningún trámite cotizarán a la Seguridad Social por dicho día.

La comunicación se realiza a través del sistema RED, inscripción y afiliación, cambio de contrato:

 

La imagen anterior nos muestra un ejemplo de comunicado, para el inicio de la situación se refleja en fecha de cambio 8 de marzo de 2019 y en tipo de inactividad: 2 es el código que corresponde a la huelga total y 3 corresponde a huelga parcial, realizado por el sistema RED. La finalización de la situación se realiza haciendo otra comunicación suprimiendo el código 2 ó 3 y poniendo como fecha: 9 de marzo de 2019.

En la situación de huelga parcial debemos indicar el porcentaje de horas efectivas laborales. Por ejemplo: Un trabajador realiza una huelga parcial de 2 horas y según el convenio, la jornada diaria completa es de 8 horas por ello, siendo 8 horas el 100%, 2 horas suponen el 25%. El porcentaje de horas efectivas laborales se obtiene calculando la diferencia, 100% (jornada diaria total) – 25% (huelga parcial), con un resultado del 75%, que indicaremos en la casilla coeficiente CTP actividad huelga/ERE.

Plazos: desde el mismo día de la huelga hasta el penúltimo día del mes siguiente. Es decir, para la huelga del día 8 de marzo, se tiene de plazo para comunicar la inactividad, desde el mismo día 8 de marzo, hasta el 29 de abril. Y para quitar la inactividad desde el día 9 de marzo hasta el 29 de abril. El periodo de inactividad genera tramo a efectos de los boletines de cotización, por lo que, aun teniendo el plazo de comunicación tan amplio, si realiza el envío de bases a seguridad social con el descuento del día de huelga y no ha procedido a informar la huelga en Seguridad Social, o informada no ha procedido a retirar el periodo de inactividad, le vendrá respuesta errónea de dicho archivo, ya que en Seguridad Social no constará el tramo de huelga.