Comunicación Electrónica del contenido de los Contratos de Trabajo
Fecha: 8 de abril de 2011
En el Boletín Oficial de Castilla y León se ha publicado la ORDEN EYE/298/2011, de 15 de marzo, por la que se adapta el procedimiento de comunicación electrónica del contenido de los contratos de trabajo y sus copias básicas, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.
Para comunicar la contratación ya no hay que ir a las oficinas de empleo. Las empresas tienen la obligación de comunicar al Servicio Público de Empleo de Castilla y León el contenido de los contratos de trabajo que formalicen, de las prórrogas y sus copias básicas, que se deberá efectuar mediante una aplicación Web creada a tal efecto, denominada “comunicación de la contratación laboral a través de Internet”, cuya creación y regulación, así como del registro telemático asociado, se contiene en la Orden TAS/770/2003, de 14 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 1424/2002, de 27 de diciembre, por el que se regula la comunicación del contenido de los contratos de trabajo y de sus copias básicas a los Servicios Públicos de Empleo, y el uso de medios telemáticos en relación con aquélla.
Los Servicios Públicos de Empleo tienen en funcionamiento la Aplicación Contrat@. El objeto es facilitarles el cumplimiento de las obligaciones con los Servicios de Empleo a través de Internet, mediante conexión directa en tiempo real. Contrat@ es una Aplicación de fácil manejo que puede utilizar directa y sencillamente la propia empresa contratante siempre que este autorizada para trabajar en nombre propio, o a través de empresas o colegiados profesionales autorizados para trabajar en nombre de terceros.
Con esta nueva aplicación, y mediante un procedimiento ágil y sencillo, los empresarios, desde sus ordenadores o desde el equipo informático habilitado del Servicio de Empleo, pueden comunicar todos los trámites relativos a:
- datos de los contratos de trabajo
- copias básicas
Hay tres formas de comunicación: a través de la comunicación de datos, a través del modelo de la comunicación, o de ficheros XML.
La Aplicación Contrat@ no precisa infraestructura, únicamente que se tenga un ordenador con conexión a Internet y bien un Certificado Digital, DNI electrónico, o con el Identificador de la Empresa y la clave personal que asignó al realizar la Solicitud.
El trámite de autorización es sencillo y de resolución rápida, requiere de una Autorización de los Servicios Públicos de Empleo. Para ello deberá cumplimentar la "Solicitud de Autorización" que se encuentra en la dirección:
La documentación que se deberá aportar es la siguiente: solicitud de autorización firmada y sellada, por duplicado;
-si el solicitante es personan física, DNI o número de identificación de extranjeros, original o copia compulsada.
- si el solicitante es persona jurídica, además de la identificación del solicitante, el título jurídico en virtud del cual la efectúa (escrituras).
El plazo para presentar la solicitud de autorización y documentación será de treinta días naturales a contar desde la fecha de solicitud; el lugar de presentación es en el Servicio Público de Empleo de Soria (C/ Aduana Vieja nº 8), el Servicio Público de Empleo de Almazán y el Servicio Público de Empleo del Burgo de Osma.
Una vez que ya se disponga de autorización el plazo para las comunicaciones de las contrataciones laborales, será el de los 10 días siguientes a la concertación del contrato de trabajo.