El miércoles 6 de mayo se ha publicado en el BOE una Resolución de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de mayo de 2020, por el que se establecen los términos y condiciones del tercer tramo de la línea de avales a préstamos concedidos a empresas y autónomos, a los pagarés incorporados al Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF) y a los reavales concedidos por la Compañía Española de Reafianzamiento, SME, Sociedad Anónima (CERSA), y se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
TERCER TRAMO DE LA LÍNEA DE AVALES A PRÉSTAMOS CONCEDIDOS A EMPRESAS Y AUTÓNOMOS
Todas las condiciones y términos previstos en los Acuerdos de Consejo de Ministros de 24 de marzo y 10 de abril de 2020, incluyendo sus anexos, se entenderán aplicables también a este tercer tramo. Adicionalmente se establecen las siguientes condiciones.
¿Cuál es el Importe total del tercer tramo de la línea de avales?
Hasta 20.000 millones de euros, aportados por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a autónomos y empresas.
¿Cuál es el Importe por subtramos de la línea de avales?
- Hasta 10.000 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a autónomos y pymes.
∙ Hasta 10.000 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a empresas que no reúnan la condición de pyme.
¿Cuál es el plazo de solicitud de los avales?
Los avales de este tercer tramo podrán solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2020. El plazo podrá ampliarse, siempre en línea con la normativa de Ayudas de Estado de la UE, por Acuerdo de Consejo de Ministros
¿Cuáles son los derechos y obligaciones de las entidades financieras?
Las entidades no podrán cargar ningún coste financiero o gasto sobre los importes no dispuestos por el cliente. Las entidades deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en los Acuerdos de Consejo de Ministros y el Contrato Marco con ICO y sus adendas, sin perjuicio de la eventual consideración de sus incumplimientos materiales como infracción a efectos de disciplina de las entidades financieras.
¿Cuáles son las obligaciones de las empresas y autónomos beneficiarios del aval?
La financiación obtenida deberá emplearse para atender las necesidades de liquidez derivadas, entre otros, de la gestión de facturas, pago de nóminas y a proveedores, necesidad de circulante y vencimientos de obligaciones financieras o tributarias. Por tanto, a modo de ejemplo, la financiación avalada por el Estado no puede ir en ningún caso destinada al pago de dividendos ni de dividendos a cuenta.
¿Cómo se distribuye la línea de avales entre los operadores?
La distribución de la línea de avales entre los operadores se llevará a cabo conforme a los mismos criterios que los establecidos en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 10 de abril para el segundo tramo, si bien para este tercer tramo la distribución del volumen máximo asignado será válida hasta el 30 de junio. A partir de esa fecha, los importes de aval asignados y no utilizados por las entidades se distribuirán entre el resto de los operadores, de forma proporcional al importe de aval que hubieran utilizado hasta esa fecha.
AVALES A EMPRESAS EMISORAS EN MARF (MERCADO ALTERNATIVO DE RENTA FIJA)
¿Quiénes son las empresas beneficiarias?
Se considerarán empresas beneficiarias aquellas empresas no financieras que tengan su domicilio social en España y que a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, contasen con programas de pagarés vigentes e incorporados al Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF) y que no se encuentren en situación de empresa en crisis según lo establecido en el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado. En particular, las empresas que emiten los pagarés avalados no podrán estar sujetas a un procedimiento concursal a fecha de 17 de marzo de 2020, bien por haber presentado solicitud de declaración de concurso, o por darse las circunstancias a que se refiere el artículo 2.4 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, para que el concurso sea solicitado por sus acreedores.
¿Cuál es la finalidad de estos avales?
Fomentar el mantenimiento de las fuentes de liquidez proporcionadas por los mercados de capitales y no sólo a través de los canales bancarios tradicionales.
¿Cuál es el Importe total del primer tramo de la línea de avales?
Hasta 4.000 millones de euros, aportados por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
AVALES A CERSA
¿Cuál es la finalidad de estos avales?
Para facilitar el mantenimiento del empleo y paliar los efectos económicos del COVID-19, la línea de avales tiene por objetivo apoyar la labor realizada por la Compañía Española de Reafianzamiento, SME Sociedad Anónima (CERSA), consistente en el reafianzamiento o cobertura parcial del riesgo asumido por las Sociedades de Garantía Recíproca para las pequeñas y medianas empresas, favoreciendo así la concesión de crédito que permita a éstas atender las necesidades de financiación derivadas, entre otros, de pagos de salarios, facturas, necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez.
¿Cuál es el importe total del primer tramo de la línea de avales?
Hasta 500 millones de euros, aportados por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital en forma de reaval a las operaciones de CERSA