PLUSVALÍAS MUNICIPALES

Fecha: 4 de noviembre de 2021

Tal y como informamos en la Circular FOES Nº 120/2021, la semana pasada el Tribunal Constitucional emitió una nota informativa avanzando que a través de Sentencia declaraba inconstitucionales ciertos aspectos del Impuesto sobre Plusvalías Municipales.

El texto completo de la Sentencia, reafirma que el actual sistema de cálculo del impuesto es inconstitucional por ser ajeno a la realidad y dejar al margen la capacidad económica del contribuyente. Por tanto, mientras no se dé una nueva redacción a la ley, los Ayuntamientos no podrán seguir exigiendo el impuesto.

Sin embargo, la propia Sentencia declara como firmes todas aquellas liquidaciones y autoliquidaciones no impugnadas antes de la fecha de la Sentencia, 26 de octubre de 2021, por lo que no cabe la posibilidad de recurrirlas alegando la inconstitucionalidad del método de cálculo de la plusvalía.