Resultado del análisis de alegaciones presentadas por CEEES al reglamento general de carreteras (RD 899/2025)

Fecha: 21 de octubre de 2025

 

En el marco del proceso de consulta pública del proyecto de Reglamento General de Carreteras (Real Decreto 899/2025), la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio (CEEES) presentó una serie de alegaciones con el objetivo de defender los intereses del sector. A continuación, se detallan los resultados obtenidos tras el análisis comparativo de dichas propuestas:

En la redacción definitiva del Reglamento General de Carreteras, publicado en el BOE el pasado 10 de octubre (consúltalo aquí), se incorporan algunas de las alegaciones realizadas por CEEES:

Artículo 87: Se acepta la modificación del método de cálculo del canon por ocupación, eliminando la referencia al valor de mercado de terrenos contiguos.

Artículo 91.4: Se mantiene la excepción para actuaciones en zona de dominio público por razones de interés general, viabilidad técnica o económica.

Artículo 94.3: Se autoriza la instalación de conducciones en zona de servidumbre si sirven a instalaciones conformes con la normativa.

Artículo 126.2.d: Se incorpora el término nuevos combustibles junto a los puntos de recarga eléctrica.

Una de nuestras alegaciones ha sido parcialmente aceptada e incorporada al artículo 96.10, que dice lo siguiente: Se incluyen los puntos de recarga eléctrica como instalaciones fácilmente desmontables, pero se excluyen otras tecnologías como el hidrógeno o el biometano.

Algunas otras de las consideraciones realizadas por CEEES no han sido incorporadas a la redacción definitiva del Reglamento General de Carreteras. Seguimos esforzándonos por trasladar las necesidades del sector al marco normativo que nos es de aplicación; está claro que nuestro trabajo va dando poco a poco sus frutos, pero no es menos evidente que necesitamos la fuerza de todo el sector para maximizar nuestra capacidad de influencia.

Quedamos a vuestra disposición para cualquier aclaración adicional.

EQUIPO CEEES