Proyecto de ley reducción de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo y la garantía del registro de jornada y el derecho a la desconexión

Fecha: 19 de mayo de 2025

Con fecha de 16 de mayo de 2025 de ha publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el Proyecto de Ley de la Reducción de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo, la garantía del registro de jornada y el derecho a la desconexión por lo que ya se encuentra en parlamentario.

Es, por lo tanto, el momento de mostrar nuestra oposición al citado Proyecto de Ley y a la reducción de jornada impuesta legalmente, ya que rompe los equilibrios de los pactos de nuestros convenios colectivos en esta materia.

El sector de estaciones de servicio presta un servicio esencial a la sociedad, al garantizar la movilidad de las personas y de las mercancías, siendo uno de los motores de nuestra economía al impulsar también actividades relacionadas con la logística, el comercio y la transición energética justa y neutra.

La Reducción de la jornada laboral en nuestro sector:

1.- Supone una injerencia inaceptable en la negociación colectiva al afectar a uno de sus contenidos esenciales, como es la jornada de trabajo, lo que está perjudicando gravemente el proceso de la negociación colectiva en el que nos encontramos y la posibilidad de consecución de acuerdos, por la incertidumbre e inseguridad jurídica que se está provocando por la permanente publicación de modificaciones de normas laborales, que son competencia de la negociación colectiva.

La jornada, su cómputo y distribución es competencia exclusiva de la negociación colectiva y en nuestro sector llevamos ya más de 20 años reduciéndola. En la actualidad estamos en 1760 horas anuales de trabajo efectivo esto es 66 horas menos de las 1.826 horas máximas legales. 

2.-La reducción de la jornada implica graves perjuicios a las empresas, ya que se reduce la jornada de trabajo disminuye el número de horas que un trabajador, presta servicios, semanalmente o anualmente, sin que disminuya proporcionalmente su salario. Es claro que supone un incremento de costes laborales se trabajan menos horas por el mismo salario.

3.-Va a suponer una gran complejidad organizativa al tratarse, sector de estaciones de servicio de un sector que presta servicios bien 24 horas y que está sujeto a turnos habitualmente de 8 horas, en la realización de cuadrantes y en el régimen de turnos, lo que también va a implicar una carga administrativa para implementar los sistemas de turnos y rotación.

4.-Al ser una actividad que presta servicios de atención al cliente, nuestras empresas se van a ver afectadas también con la reducción de la jornada, en la calidad del servicio que se presta al cliente.

5.- Es cierto que la cuantía del perjuicio es distinta en cada sector, puede depender de muchos factores del tamaño de la empresa, el convenio colectivo de aplicación, del tipo de organización interna, de la actividad que se desarrolla, etc., pero sin ninguna duda uno de los sectores  en donde mayor perjuicio se produce, es en sectores como el nuestro integrado mayoritariamente por pequeñas y medianas empresas y autónomos, que realizamos una actividad comercial, ligada al tiempo de trabajo, y en donde unos de los valores que muchos defendemos es la presencia física del trabajador en los centros de trabajo, para una mejor calidad en la atención al cliente y en donde muchas de nuestras instalaciones abren 24 horas y en régimen de turnos, lo que la medida va a suponer una disminución de la productividad.

6.-No es cierto que vaya a generar empleo, especialmente en nuestro sector ya que la mayoría de las empresas están pensando en suprimir o reducir turnos, más que en cubrir la diferencia de jornada con nuevas contrataciones, lo que va a ocasionar por lo tanto el efecto contrario al deseado, esto es la pérdida de empleo.

7.-Seguro que muchas estaciones de servicio ubicadas en zonas rurales van a desaparecer, como consecuencia de la medida, al no poder soportar el incremento de costes que conlleva, ya que permanecen abiertas, no por su rendimiento económico, sino por la vocación de servicio, atención a la ciudadanía, etc., lo que va a ocasionar un grave perjuicio a los territorios afectados, que van a perder la gran labor social, que dichas estaciones de servicio desempeñan, en esas pequeñas poblaciones, al ser uno de los pocos puntos de referencia comercial, logística y de suministro que tienen.

8.- En nuestro sector operan empresas e instalaciones que se caracterizan por ser desatendidas, esto es por no tener personal que las atienda, que lógicamente, no se van a ver afectadas por la medida de la reducción de la jornada, ni por el incremento de costes, que la reducción de jornada implica para las empresas con personal, lo que nos lleva a una clara e insoportable desventaja competitiva interna en nuestro sector, en relación con las estaciones desatendidas, por lo que muchas empresas ya están reflexionando seriamente sobre la modificación de su modelo de negocio.