Obligación de remisión de información dinámica en puntos de recarga

Fecha: 22 de julio de 2025

 

A continuación, se presenta un resumen de los aspectos más destacados de la Orden TED/445/2023, de 28 de abril, y los principales requerimientos legales que afectan a los operadores de puntos de recarga eléctrica, especialmente relevantes para los socios de la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio (CEEES).

  1. Objetivo y Ámbito de Aplicación

 

La Orden TED/445/2023 regula la obligación de remitir información sobre los puntos de recarga de vehículos eléctricos de acceso público, fundamentalmente para garantizar la transparencia y el correcto despliegue de la infraestructura eléctrica.

Destinatarios: Empresas operadoras de puntos de recarga (CPOs) y prestadores de servicios de recarga energética.

Ámbito: Aplicable a todos los puntos de recarga de acceso público en territorio nacional, con especial atención a aquellos cuya potencia sea igual o superior a 43kW

 

  1. Requerimientos de Información

 

Los operadores deben remitir dos tipos principales de información:

 

   2.1 Información estática

 

Debe incluir, entre otros:

– Localización y características técnicas del punto de recarga.

– Potencia suministrada.

– Modalidad de acceso (público/privado).

– Disponibilidad horaria y accesibilidad del punto

 

    2.2 Información dinámica (Obligatoria para ≥43kW, voluntaria para <43kW)

Incluye:

 

– Estado operativo y disponibilidad en tiempo real.

– Precio vigente de la recarga para el usuario.

– Estado de ocupación (libre/ocupado/fuera de servicio)

 

  1. Registro y Procedimiento de Envío

 

Registro obligatorio:  Todos los operadores deben estar inscritos en el registro electrónico habilitado a tal efecto (RIPREE).

Código identificativo único: Cada operador debe poseer un código CPO único a nivel europeo, que identifique sus instalaciones y puntos de recarga.

Declaración Responsable: Para comunicar altas, modificaciones o bajas de puntos de recarga es obligatorio presentar una Declaración Responsable mediante el formato oficial habilitado.

Plazos

– Los puntos de recarga en servicio antes del 16 de mayo de 2023 disponen hasta el 6 de octubre de 2025 para presentar la información requerida.

– Para nuevas instalaciones, la declaración y el registro debe realizarse antes del inicio de la operación pública del punto.

 Frecuencia y Forma de Remisión 

Información estática: Ha de remitirse en la inscripción inicial y cada vez que se modifique alguno de los datos requeridos.

Información dinámica: Debe actualizarse y remitirse de forma continua, conforme a lo establecido en los procedimientos técnicos del Sistema de Gestión y Visualización (SGV).

 

  1. Consecuencias del Incumplimiento

 

No remitir la información dinámica durante un periodo superior a tres meses puede suponer la despublicación de dichos datos en el SGV, limitándose la visibilidad únicamente a la información estática de los puntos afectados.

Reincorporación: Para reactivar la información dinámica será necesaria la solicitud expresa por parte del operador y cumplir de nuevo con la frecuencia y formato de remisión establecido.

 

  1. Difusión y Publicidad

 

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Red Eléctrica de España podrán difundir públicamente la información de los puntos de recarga a través de portales como el SGV y el Punto de Acceso Nacional de Información de Tráfico, permitiendo la consulta y reutilización por parte de terceros.

 

  1. Normativa de Referencia

 

– Orden TED/445/2023, de 28 de abril.

– Ley 7/2021, de 20 de mayo: Cambio climático y transición energética.

– Real Decreto 184/2022, de 8 de marzo: Prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos.

– Ley 37/2007, de 16 de noviembre: Reutilización de la información del sector público.

 

  1. Recomendaciones para socios CEEES

 

– Revisión inmediata del estado de registro y regularización de todos los puntos de recarga bajo su responsabilidad.

– Verificación periódica de los datos estáticos y dinámicos declarados, con especial atención a los puntos de ≥43kW.

– Actualización continua de los procedimientos internos para cumplir con la remisión de información en plazo y forma.

-Consultar con el fabricante de software de gestión del cargador en operación si ofrece el servicio automatizado de remisión de información estática / dinámica.

-Si el cargador asociado a mi instalación está siendo operado por un tercero asegurarse de que está siendo remitida la información estática y dinámica en tiempo y forma.

-Recordar a todos los socios que existen opciones para automatizar estos procesos vía software (Gustavo Mezquita, participante en las recientes jornadas “Un café con CEEES” ofrecía esta solución, aunque no es la única del mercado).

Contacto: Gustavo Mezquita Santos, Tlf. 630252580

-También debe tenerse en cuenta la opción de ofrecer nuestro cargador en operación a una empresa específica de esta actividad, lo que permitirá despreocuparse de todos estos procesos y obtener ingresos por la explotación del punto de recarga según contrato privado. Se pueden encontrar varios operadores interesados en esta modalidad.

La adaptación a estos requerimientos es esencial para garantizar el cumplimiento normativo, evitar sanciones y contribuir a la integración eficiente de la infraestructura de recarga nacional.

Para cualquier duda o gestión relacionada, se recomienda consultar la página oficial del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y contactar con el equipo técnico de CEEES para asesoramiento personalizado gratuito y sin compromiso (Gustavo Mezquita Santos, Tlf. 630252580 correo ceees@ceees.com).

*(Circular elaborada con información vigente a julio de 2025)*

Enlaces y documentos de interés

 

https://www.ree.es/sites/default/files/12_CLIENTES/Documentos/Intercambio_de_Informacion_SGV-CPOs.pdf

https://www.miteco.gob.es/es/energia/energia-electrica/electricidad/distribuidores/gestores-cargas.html

Inscripción de alta, modificación o baja, en el registro de puntos de https://www.juntaex.es/w/0679523?inheritRedirect=true

Información infraestructuras de recarga | Comunidad de Madrid https://sede.comunidad.madrid/comunicaciones-declaraciones/informacion-infraestructuras-recarga

Comunicación de puntos de recarga energética de vehículos https://sede.cantabria.es/sede/catalogo-de-tramites/tramite/comunicacion-de-puntos-de-recarga-energetica-de-vehiculos-electricos-a-remitir-por-los-operadores-de-puntos-de-recarga-de-acceso-publico/5845

Comunicación de puntos de recarga de vehículos eléctricos https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/Tramite/1285402627984/Trami