Actualización obligatoria del procedimiento de envío de datos al MITECO (Sistema RISP)
Fecha: 15 de diciembre de 2025
Estimado presidente,
Como sabéis, la transparencia y la correcta comunicación de datos al Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO) es una de nuestras obligaciones regulatorias más críticas.
En el BOE de hoy, 15 de diciembre, se ha publicado una nueva Resolución que modifica los Anexos de la Orden ITC/2308/2007. En términos prácticos, esto cambia la forma y el detalle con el que debemos reportar los precios, las ventas anuales y los datos censales de nuestras estaciones de servicio.
El objetivo de esta circular es traducir la normativa técnica a pasos operativos claros para que podáis adaptar vuestros sistemas lo antes posible y evitar sanciones.
Puedes consultar la resolución completa aquí: https://www.miteco.gob.es/content/dam/miteco/es/energia/files1/risp/normativa/Documents/Resolucion%20modifica%20Anexos%20Orden%20ITC23082007.pdf
- ¿Qué cambia exactamente?
La modificación afecta a los tres pilares de información que enviamos al sistema de Información del Sector Petrolífero (RISP):
- Envío de Precios (Modificación del Anexo I)
El cambio principal radica en la tipificación de los productos y la frecuencia.
- Nuevos Códigos de Producto: Se ha actualizado la lista de carburantes para incluir nuevas especificaciones. En concreto, se añaden los siguientes productos: gasolina 95 E25, gasolina 95 E85, AdBlue, diésel renovable, gasolina renovable, metanol, amoniaco, biogás natural comprimido y biogás natural licuado, completando así el listado de carburantes alternativos disponibles para automoción orientados a la reducción de emisiones.
- Obligación de «Lunes y Cambios»: Se reitera la obligación de enviar los precios vigentes todos los lunes, independientemente de si han cambiado o no. Además, cualquier cambio de precio (subida o bajada) debe ser comunicado el mismo día en que se produce su entrada en vigor, antes de las 12 de la noche.
- Precios con y sin descuento: Prestad atención a los nuevos campos requeridos si aplicáis descuentos directos generalizados en poste.
- Envío de Ventas Anuales (Modificación del Anexo II)
Se modifica la estructura del informe anual de ventas.
- Desglose: A partir de la próxima declaración, se exigirá un desglose más detallado por tipo de suministro (venta a consumidor final vs. venta a otros distribuidores/mayoristas) para evitar la doble contabilidad.
- Plazos: Recordad que este dato se envía anualmente. La nueva estructura será obligatoria para la declaración del ejercicio en curso (a presentar a principios del año próximo).
- Datos de la Instalación (Modificación del Anexo III)
- Se deben actualizar los datos referentes a horarios de apertura y servicios disponibles (tienda, lavado, etc.) de forma inmediata si hay cambios. El Ministerio utilizará estos datos para el Geoportal público; si la información no es real, se considera una infracción.
- Fechas de entrada en vigor y plazos
Es vital que tengáis en cuenta las siguientes fechas para la adaptación técnica:
- Entrada en vigor general: La resolución surte efectos desde el día siguiente a su publicación en el BOE. Puesto que ha sido publicada hoy, 15 de diciembre, a partir de mañana, martes, 16 de diciembre, hay que utilizar los nuevos anexos.
- Adaptación de sistemas informáticos: Aunque la norma entra en vigor de inmediato, se suele permitir un margen técnico. No obstante, desde CEEES recomendamos que contactéis con vuestros proveedores de software de gestión esta misma semana.
- Hoja de ruta: ¿Qué debéis hacer ahora?
Para cumplir con esta nueva resolución, seguid estos tres pasos:
- Revisad vuestro Software de Gestión:
Contactad con vuestro proveedor informático y reenviadle esta circular junto con el enlace a la resolución técnica. Ellos deben actualizar los «Web Services» o el protocolo de envío para que coincida con los nuevos Anexos. (Si enviáis los precios manualmente a través de la web del Ministerio, veréis que los formularios han cambiado ligeramente. Familiarizaos con ellos hoy mismo).
- Verificación de Productos:
Comprobad que los productos que vendéis están correctamente identificados con los nuevos códigos del Ministerio.
- Preparación de la Campaña de Ventas:
No esperéis a enero. Revisad que vuestro sistema está segregando correctamente los litros vendidos para poder rellenar el Anexo II (Ventas anuales) con el nuevo formato cuando se abra el plazo.
- Soporte CEEES
Desde la Confederación estamos en contacto permanente con la Subdirección General de Hidrocarburos para aclarar dudas técnicas. Precisamente, desde el Ministerio nos recuerdan que desde el pasado 1 de diciembre está inactivo el servicio de envío de información mediante SMS y que se ha incorporado un detalle del procedimiento de remisión de información agrupada de varias estaciones de servicio del mismo titular a través de servicios API REST. De momento, este sistema de envío de información de forma agrupada sólo está disponible para los grupos con cinco estaciones o más. Desde CEEES hemos pedido al Ministerio que el servicio esté disponible para todos, a partir de dos estaciones de servicio, con el objetivo de no perjudicar a las empresas de menor tamaño, cargándolas con costes administrativos innecesarios.
La Subdirección General de Hidrocarburos está ultimando una aplicación móvil para sistemas Android e iOS, que estará disponible en breve. Su puesta en marcha será anunciada en la página web habilitada para RISP ((https://www.miteco.gob.es/es/energia/hidrocarburos-nuevos-combustibles/risp.html) y a través de los canales habituales de comunicación de CEEES.
En lo que a los últimos cambios se refiere, hemos habilitado una nueva opción en el canal de consultas específica para este tema:
No subestiméis este cambio. El MITECO está cruzando datos de forma cada vez más automatizada y el incumplimiento en la forma o tiempo del envío de precios está siendo objeto de inspección.
Recibid un cordial saludo,
Nacho Rabadán
Director general de CEEES